EL ROL PROTAGÓNICO DE LA COFIDE EN LA ECONOMÍA NACIONAL






Nos encontramos en una etapa de pandemia mundial debido al Covid-19, nuestro país no ha sido ajeno a esta enfermedad infecciosa que ataca silenciosamente al mundo contemporáneo. Al cierre de este artículo, las cifras en Perú son 5,256 casos positivos -contagios- y 138 fallecidos; desde el 15 de marzo, por disposición del gobierno central nos encontramos en una cuarentena que se prórroga cada 15 días.

Son 15 días en donde se ha tenido que paralizar muchas fuentes productivas, y con ello se ha paralizado el trabajo de las micro y pequeñas empresas (MYPE) que son en gran parte el motor principal de la economía nacional. Al igual que los trabajadores independientes, que se encuentran en paro de actividades a consecuencia del Covid-19.

No obstante, el gobierno nacional ha publicado 2 normas legales de suma importancia para reactivar el sector económico: una de ellas, es el Decreto de Urgencia (D.U.) N° 029-2020 que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del Covid-19 en la economía peruana; y, el Decreto Legislativo (D. Leg.) N° 1455, que crea el programa “Reactiva Perú” para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del Covid-19.

El primero de ellos, tiene como objeto principal otorgar como medida extraordinaria el financiamiento de las MYPE, que se vean afectadas por la actual situación de paralización de actividades que afronta nuestro país ante un panorama empresarial adverso y en contra de los intereses de los micro y pequeños empresarios; por ello, se otorgarán créditos para capital de trabajo, así como para reestructurar y refinanciar deudas, a fin de mantener e impulsar su desarrollo productivo. Este decreto de urgencia ha creado por las razones expuestas, el Fondo de Apoyo Empresarial (FAE) y el Fondo Crecer.  

Por su parte, el programa “Reactiva Perú”, tiene como finalidad garantizar el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de las empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios, a efectos de asegurar la continuidad en la cadena de pagos en la economía nacional.

En este breve artículo, nos vamos a enfocar en el ente encargado de la administración del Fondo de Ayuda Empresarial, Fondo Crecer y del programa “Reactiva Perú”, que es la Corporación Financiera de Desarrollo S.A., más conocido como COFIDE, que es parte del grupo de empresas públicas que conforman el eje financiero del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE).

La COFIDE nace por el Decreto Ley N° 18807 del 18 de marzo de 1971, en el gobierno del presidente Juan Velasco Alvarado, con la finalidad de vigorizar la acción empresarial y financiera del Estado. Con el transcurso del tiempo, la legislación ha sido cambiante y dinámica, y la COFIDE no ha sido ajeno ante estas circunstancias legales que han originado varias modificaciones normativas.

En la actualidad, de acuerdo al artículo 2° y 3° del Estatuto de la COFIDE, esta es una empresa del Estado con accionariado privado, organizada como sociedad anónima, que cuenta con autonomía administrativa, económica y financiera. Tiene como objeto principal contribuir al desarrollo integral del país, mediante la captación de fondos e intermediación financiera para la promoción y financiamiento de inversiones productivas y de infraestructura pública y privada a nivel nacional.

El D.U. N° 029-2020 y el D. Leg. N° 1455, le han encargado a la COFIDE la administración de los fondos y programa mencionados en párrafos anteriores.

En los casos de los fondos, su función será de un rol fiduciario y fideicomisario[1], en tanto no altere su calidad de banco de desarrollo de segundo piso, a raíz de ello la COFIDE deberá de contar con un crédito[2] que facilite liquidez temporal, a favor de los beneficiarios del FAE-MYPE y del Fondo Crecer a las Empresas del Sistema Financiero. Y, en segundo término, el papel que tendrá la COFIDE en el programa “Reactiva Perú”, será de otorgar créditos económicos bajo garantías, previa verificación del cumplimiento de los requisitos del artículo 6° del D. Leg. N° 1455.

Pues bien, esta institución sin lugar a dudas tendrá un papel protagónico en los próximos días y meses; ya que, de ellos dependerá la canalización de contratos que celebren con las entidades financieras reguladas en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), para que los empresarios puedan solicitar su respectivo crédito. Solo se pide que no haya barreras burocráticas en las organizaciones, que puedan retrasar los mecanismos de otorgamiento de recursos económicos a las empresas, la población necesita trabajar y ganar dinero para poder sobrevivir ante esta crisis sanitaria y reavivar la economía del país.

Finalmente, la COFIDE estará en la lupa de los empresarios, deberá demostrar en este tiempo su solidez como organización, así también tener una administración eficaz, eficiente, productiva y con celeridad, para cumplir los objetivos del gobierno de facilitar una inyección económica a las MYPE y así poder reactivar la economía peruana que saldrá tal vez muy dolida después de esta crisis del Covid-19.



[1] Tanto el fiduciario y la fideicomisaria son sujetos que participan de un fideicomiso, entiéndase al fideicomiso como el negocio jurídico en virtud del cual una persona llamada fiduciante transfiere al título de confianza, a otra persona denominada fiduciario, uno o más bienes (que pasan a formar el patrimonio fideicomitido, para que al vencimiento de un plazo o al cumplimiento de una condición, este transmita la finalidad o el resultado establecido por el primero, a su favor o a favor de un tercero llamado beneficiario o fideicomisario (Rosso y Uriarte, 2003).
[2] El crédito debe ser otorgado por el Banco de la Nación, de amparo del artículo 11°, literal 11.3. del D.U. N° 029-2020.

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