EL ROL PROTAGÓNICO DE LA COFIDE EN LA ECONOMÍA NACIONAL
Nos encontramos en una
etapa de pandemia mundial debido al Covid-19, nuestro país no ha sido ajeno a
esta enfermedad infecciosa que ataca silenciosamente al mundo contemporáneo. Al
cierre de este artículo, las cifras en Perú son 5,256 casos positivos
-contagios- y 138 fallecidos; desde el 15 de marzo, por disposición del
gobierno central nos encontramos en una cuarentena que se prórroga cada 15
días.
Son 15 días en donde se
ha tenido que paralizar muchas fuentes productivas, y con ello se ha paralizado
el trabajo de las micro y pequeñas empresas (MYPE) que son en gran parte el
motor principal de la economía nacional. Al igual que los trabajadores
independientes, que se encuentran en paro de actividades a consecuencia del
Covid-19.
No obstante, el
gobierno nacional ha publicado 2 normas legales de suma importancia para reactivar
el sector económico: una de ellas, es el Decreto de Urgencia (D.U.) N° 029-2020
que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y
pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del Covid-19 en
la economía peruana; y, el Decreto Legislativo (D. Leg.) N° 1455, que crea el
programa “Reactiva Perú” para asegurar la continuidad en la cadena de pagos
ante el impacto del Covid-19.
El primero de ellos,
tiene como objeto principal otorgar como medida extraordinaria el
financiamiento de las MYPE, que se vean afectadas por la actual situación de
paralización de actividades que afronta nuestro país ante un panorama
empresarial adverso y en contra de los intereses de los micro y pequeños
empresarios; por ello, se otorgarán créditos para capital de trabajo, así como
para reestructurar y refinanciar deudas, a fin de mantener e impulsar su
desarrollo productivo. Este decreto de urgencia ha creado por las razones expuestas,
el Fondo de Apoyo Empresarial (FAE) y el Fondo Crecer.
Por su parte, el
programa “Reactiva Perú”, tiene como finalidad garantizar el financiamiento de
la reposición de los fondos de capital de trabajo de las empresas que enfrentan
pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de
bienes y servicios, a efectos de asegurar la continuidad en la cadena de pagos
en la economía nacional.
En este breve artículo,
nos vamos a enfocar en el ente encargado de la administración del Fondo de
Ayuda Empresarial, Fondo Crecer y del programa “Reactiva Perú”, que es la
Corporación Financiera de Desarrollo S.A., más conocido como COFIDE, que es parte
del grupo de empresas públicas que conforman el eje financiero del Fondo
Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE).
La COFIDE nace por el
Decreto Ley N° 18807 del 18 de marzo de 1971, en el gobierno del presidente
Juan Velasco Alvarado, con la finalidad de vigorizar la acción empresarial y
financiera del Estado. Con el transcurso del tiempo, la legislación ha sido
cambiante y dinámica, y la COFIDE no ha sido ajeno ante estas circunstancias legales
que han originado varias modificaciones normativas.
En la actualidad, de
acuerdo al artículo 2° y 3° del Estatuto de la COFIDE, esta es una empresa del
Estado con accionariado privado, organizada como sociedad anónima, que cuenta
con autonomía administrativa, económica y financiera. Tiene como objeto
principal contribuir al desarrollo integral del país, mediante la captación de
fondos e intermediación financiera para la promoción y financiamiento de
inversiones productivas y de infraestructura pública y privada a nivel
nacional.
El D.U. N° 029-2020 y
el D. Leg. N° 1455, le han encargado a la COFIDE la administración de los fondos
y programa mencionados en párrafos anteriores.
En los casos de los
fondos, su función será de un rol fiduciario y fideicomisario[1],
en tanto no altere su calidad de banco de desarrollo de segundo piso, a raíz de
ello la COFIDE deberá de contar con un crédito[2]
que facilite liquidez temporal, a favor de los beneficiarios del FAE-MYPE y del
Fondo Crecer a las Empresas del Sistema Financiero. Y, en segundo término, el
papel que tendrá la COFIDE en el programa “Reactiva Perú”, será de otorgar
créditos económicos bajo garantías, previa verificación del cumplimiento de los
requisitos del artículo 6° del D. Leg. N° 1455.
Pues bien, esta
institución sin lugar a dudas tendrá un papel protagónico en los próximos días
y meses; ya que, de ellos dependerá la canalización de contratos que celebren
con las entidades financieras reguladas en la Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP (SBS) y la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), para
que los empresarios puedan solicitar su respectivo crédito. Solo se pide que no
haya barreras burocráticas en las organizaciones, que puedan retrasar los
mecanismos de otorgamiento de recursos económicos a las empresas, la población
necesita trabajar y ganar dinero para poder sobrevivir ante esta crisis
sanitaria y reavivar la economía del país.
Finalmente, la COFIDE
estará en la lupa de los empresarios, deberá demostrar en este tiempo su
solidez como organización, así también tener una administración eficaz,
eficiente, productiva y con celeridad, para cumplir los objetivos del gobierno
de facilitar una inyección económica a las MYPE y así poder reactivar la
economía peruana que saldrá tal vez muy dolida después de esta crisis del
Covid-19.
[1] Tanto el
fiduciario y la fideicomisaria son sujetos que participan de un fideicomiso,
entiéndase al fideicomiso como el negocio jurídico en virtud del cual una
persona llamada fiduciante transfiere al título de confianza, a otra persona
denominada fiduciario, uno o más bienes (que pasan a formar el patrimonio
fideicomitido, para que al vencimiento de un plazo o al cumplimiento de una
condición, este transmita la finalidad o el resultado establecido por el
primero, a su favor o a favor de un tercero llamado beneficiario o
fideicomisario (Rosso y Uriarte, 2003).
[2] El crédito debe
ser otorgado por el Banco de la Nación, de amparo del artículo 11°, literal
11.3. del D.U. N° 029-2020.
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